Ley antifraude y programas de facturación

Viviendo en un país en el que la corrupción impera en la esfera política, las leyes antifraude para los ciudadanos, más bien trabajadores autónomos y empresarios, pueden resultar un tanto irónicas. Si bien es cierto que una buena facturación y este tipo de leyes son igualmente necesarios. La ley antifraude lleva en vigor unos cuantos años y con ella se han introducido medidas que afectan a los programas de facturación utilizados por autónomos y empresas.

Al mismo tiempo se pusieron en marcha nuevas sanciones por la simple tenencia de un programa de facturación que hiciera posible llevar una doble contabilidad en cualquier negocio. En octubre de dos mil veinticuatro, fue aprobado el reglamento para los programas de facturación permitidos y ya estamos inmersos en la cuenta atrás para que autónomos y empresas adapten su software a los nuevos certificados y requisitos que propone la normativa.

Los autónomos y empresarios que facturen mediante un programa informático o vayan a hacerlo, tienen que saber todo lo relativo a la ley antifraude y cómo identificar los programas de doble uso, así como los requisitos necesarios que tiene que cumplir un programa de facturación para que su uso sea legal.

El nombre de la ley que se aplica en facturación es Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Una ley con grandes propósitos y cuyos esfuerzos se centran en controlar a los contribuyentes que disponen de un gran patrimonio, sus empresas y sus familiares. Lo que parece ajeno a los autónomos, aunque no es así. Esta ley contempla medidas que afectan a todos los trabajadores que facturan, como por ejemplo el límite de los pagos en efectivo que no pueden superar los mil euros, además de imponer nuevas obligaciones en el pago con criptomonedas. Sin embargo, lo que más atañe a todos es lo que implica a los programas de facturación online.

Ley 11/2021 o ley antifraude

Esta conocida ley es una de las mayores normativas que han sido aprobadas en nuestro país con la finalidad de aumentar el control tributario ejercido sobre las empresas e incentivar que se cumplan de forma voluntaria con las obligaciones fiscales. Los profesionales de ErPLoop, como desarrolladores de un programa de facturación que cumple con la normativa, nos explican que esta ley lleva más de cuatro años publicada en el BOE y es la responsable de muchas de las medidas de control fiscal que la Agencia Tributaria ha puesto en marcha.

Con esta normativa, han entrado en vigor medidas tan conocidas como el citado límite de mil euros para operaciones realizadas entre empresas, negocios y particulares. Al mismo tiempo que se han introducido medidas muy importantes para autónomos y empresas como el desarrollo de los requisitos que tiene que cumplir un programa de facturación electrónica para que su uso se considere legal.

Este nuevo reglamento o normativa implica que todos los programas de facturación tengan que adaptarse a las condiciones de la Ley Antifraude desde el pasado año. Uno de los aspectos que tiene que incluir es la funcionalidad de Verifactu en sus sistemas. Tanto empresas como autónomos tienen hasta mediados del presente año para cambiar o actualizar sus programas, aunque la fecha se ha pospuesto hasta dos mil veintisiete.

Otras medidas introducidas por la Ley Antifraude y que han pasado más desapercibidas son la puesta en marcha de un nuevo tipo sancionador por tener programas de doble uso, algo que hasta la fecha no era sancionable.

Promulgar este tipo de ley conlleva una serie de objetivos y medidas de prevención. La modificación de diversas normas, sobre todo en cuestiones tributarias, nace con una doble finalidad. Por un lado, la incorporación del Derecho de la Unión Europea al ordenamiento interno de las prácticas de elusión fiscal. Por oro, la introducción de cambios en la regulación para que se pongan en marcha medidas de justicia tributaria y facilitar las actuaciones para prevenir y luchar contra el fraude reforzando el control tributario.

Estas dos líneas se articulan con distintos objetivos que cumple la Ley y afectan a los autónomos:

  • Aumentar el control sobre las operaciones y ventas de los negocios. Una de las bases de esta ley es el incremento del control ejercido por Hacienda sobre las operaciones que llevan a cabo los negocios. El objetivo se lleva a cabo mediante diferentes medidas, pero dos son las esenciales: limitación en los pagos en efectivo a mil euros con sanciones de un veinticinco por cien a quien la incumpla y endurecimiento de la lucha contra los programas que generan doble contabilidad.
  • Aumento de las competencias de la Inspección de Hacienda para investigar a los contribuyentes. Lo que permite que los inspectores sigan teniendo competencias para entrar en el domicilio de los autónomos o particulares y registrar sus pertenencias para encontrar indicios de fraude fiscal.
  • Incentivo del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Uno de los aspectos que más favorece a los autónomos es reducir los recargos por presentar los impuestos fuera del plazo.

Lo que nos lleva a conocer con más detalle a lo que se entiende por software de doble uso y cómo afecta la ley a los programas de facturación.

Los programas de facturación a examen

Hemos citado los software de doble uso o doble facturación como objeto en el punto de mira de la Ley Antifraude. Este tipo de programas son ilegales puesto que permiten que las empresas que los utilizan lleven una doble contabilidad ocultando parte de sus ingresos.

Entre los autónomos y empresas el fraude más habitual se produce sobre todo en aquellos que trabajan con grandes cantidades de dinero en efectivo y consiste básicamente en no declarar una parte de las ventas con la finalidad de eludir impuestos como el IVA o el IRPF. Las ventas que no existen a ojos de Hacienda no pueden exigir su declaración y que se tribute por ellas.

Aquellas empresas que ocultan ingresos en efectivo suelen hacerlo mediante dos mecanismos; cuando se trata de importes bajos y pocas operaciones, lo más fácil y simple es no introducir la operación en el programa de facturación. De tal manera que el ingreso nunca ha existido y el autónomo no tiene que tributarlo. El problema de este método es que no permite la emisión de un ticket o factura para el cliente, por lo que resulta más complicado que se lleve a cabo de forma habitual cuando se producen muchas operaciones.

Por esta razón, son muchas las empresas que toman la errónea decisión de utilizar los programas de doble uso que permiten tener una contabilidad a ojos de Hacienda y otra oculta. Con lo que el autónomo puede esconder algunos ingresos a la Agencia Tributaria y no pagar los impuestos mientras emite tickets y facturas a sus clientes.

Estos programas de facturación son ilegales y, desde que entró en vigor la Ley Antifraude, están más perseguidos, por lo que solo tenerlos ya es razón de que se imponga la correspondiente sanción, de elevada cuantía, a los negocios que lo utilicen.

Como ya hemos comentado, uno de los aspectos más importantes de esta ley son las novedades relativas a este tipo de software y las sanciones que se producen por tenerlo. La mayoría de las medidas entraron en vigor el día siguiente de la publicación de la ley en el BOE, el once de julio de dos mil veintiuno, aunque la Disposición Final Séptima fijó una entrada en vigor diferente para los apartados cuatro y veintiuno del artículo trece. Concretamente, las novedades que afectan a la prohibición de estos programas y el régimen sancionador dirigido a los autónomos que cuenten con este tipo de software.

Desde el once de octubre de dos mil veintiuno, se establecieron las siguientes medias correspondientes al uso de este tipo de programas:

  • Queda prohibido por primera vez en la Ley General Tributaria fabricar, tener o utilizar un programa que permita doble contabilidad. Modificando la citada ley y estableciendo la obligación de los fabricantes y empresarios de que los programas vendidos o utilizados se ajusten a los requisitos.
  • Se crean nuevas sanciones para quien fabrique, tenga o utilice un programa que facilite la doble contabilidad. Hasta la fecha la Agencia Tributaria solo podía sancionar a los autónomos cuando utilizaban este programa por ocultación de ingresos.

Por lo que los programas de facturación a utilizar deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Por cada entrega de bienes o prestación de servicios, el programa debe generar de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de la factura un registro de facturación de alta.
  • El sistema informático debe tener capacidad para remitir la información a la Agencia Tributaria de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente, todos los registros.
  • El sistema informático debe garantizar la integridad e inalterabilidad de los registros.
  • El sistema informático no dispondrá de ninguna funcionalidad que permita alterar u ocultar los datos originales.
  • Así mismo deberá contar con un registro de eventos que recoja todas las interacciones con el sistema informático.

En consecuencia, el nuevo reglamento desglosa las características que deben tener y adaptarse a la ley. Aunque todos estos aspectos requieren mayor profundidad, conociendo los aspectos elementales, ya sabemos cómo debemos actuar a la hora de hacer la facturación como es debido.

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